miércoles, 9 de marzo de 2011

LOS PRINCIPALES PUNTOS DE LA LEY DE PRIMER EMPLEO Y DE FORMALIZACIÓN

Se busca reactivar el empleo en  los sectores más vulnerables

La norma busca favorecer a varios grupos de la población. Y se centra en los jóvenes menores de 28 años que no han podido conseguir una plaza laboral, en las madres cabeza de familia, en las personas desplazadas, en los discapacitados, en las mujeres mayores de 40 años que vuelven a la vida laboral después de un tiempo y también cobija a los nuevos empleos que devenguen menos de 1,5 salarios mínimos. Las empresas que contraten estas personas tendrán descuentos en algunos impuestos.

Descuentos en impuestos para la creación de empresas

Las nuevas empresas que se formalicen o que se creen a partir de la vigencia de la ley tendrán beneficios tributarios en el pago de impuestos, parafiscales, matrícula mercantil y su renovación, y accederán a programas especiales de crédito y microcrédito para la financiación. Las empresas que se creen este año comenzarán a pagar el impuesto de renta de forma gradual. Los dos primeros años no pagan, en el tercero cancelarán el 25 por ciento, en el cuarto el 50, en el quinto el 75 por ciento y en el sexto asumirán el total.

No se pierden los beneficios a que tienen derecho los trabajadores

También hay beneficios en los parafiscales. En el caso de los aportes al Sena, al Icbf, las cajas de compensación familiar, aportes en salud a la subcuenta del Fosyga y el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima, también habrá descuentos graduales, en la misma proporción que para el impuesto de renta. Esto no quiere decir que los trabajadores no tendrán beneficios de estas instituciones. El Gobierno asumirá el pago durante el período establecido en la norma.

Ya hay decreto reglamentario para la matrícula mercantil

Por los beneficios de la ley 1429, que es la de primer empleo, la matrícula mercantil es gratis. De acuerdo con la Ley, las pequeñas empresas (personas naturales y jurídicas), cuyo personal no sea superior a 50 trabajadores y los activos totales no superen 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que se matriculen a partir de la fecha en la respectiva Cámara de Comercio, no pagarán la matrícula en el primer año, en el segundo año solo cancela el 50 por ciento, en el tercero el 75 por ciento y el 100 por ciento del cuarto año en adelante.

Eluniversal.com.co. Ley del primer empleo debe tener más dientes. [En línea]http://www.eluniversal.com.co/cartagena/economica/ley-del-primer-empleo-debe-tener-mas-dientes-13068 [citado el 09 de marzo de 2011]

Para mayor información, consulte la Ley 1014 aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2010.

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